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Inscripción de Aguas

Ingrese los datos de escritura firmada electrónicamente.

Inscripción de Aguas

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Descripción del Trámite

Para que el comprador de una Aguas adquiera efectivamente el dominio del inmueble que compra, y pase definitivamente a ser el dueño, la respectiva escritura pública, ya sea de compraventa o cesión de derechos, firmada y autorizada ante Notario.


Ley del Registro Conservatorio de Bienes Raíces de fecha 24 de junio de 1857. Código de Comercio. Ley N° 3.918. Ley N° 18.046. Ley N° 19.857.

  • Copia autorizada reciente de escritura pública que se presenta para inscribir.
  • Resolución D.G.A. o Sentencia Judicial Ejecutoriada, cuando corresponda
  • Otros que conforme a calificación Registral se requieren.